“El trabajo es un hecho social y goza de protección como proceso fundamental para alcanzar los fines del Estado, la satisfacción de las necesidades materiales, morales e intelectuales del pueblo y la justa distribución de la riqueza”.
Este inspirador extracto corresponde al Capitulo II, Artículo 18, "Principios Rectores", de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras de Venezuela (Lottt), aprobada por la Asamblea Nacional y publicada el 7 de mayo de 2012; garantiza la estabilidad e inamovilidad laboral, elimina la tercerización, establece la disminución de la jornada laboral a 40 horas semanales y permite un reposo pre y postnatal de 26 semanas, entre muchas reivindicaciones laborales.
Entre las transformaciones más revolucionarias y progresistas he querido destacar dos:
- Se le quita el caracter de mercancía al conocimiento y lo transforma en un bien público: “El conocimiento es producto de un proceso social que es el trabajo”.
- Convierte a Autores en dueños de sus creaciones: “Los derechos intelectuales que se generan bajo relación laboral quedan para el trabajador”.
Los invito a revisar esta ley Sentipensante en este vínculo: Lottt
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